La Alcaldía de Enrique Peñalosa realizó el sellamiento temporal en la construcción de un centro comercial en Bogotá, que estaba contaminando el río Fucha.

La constructora Construcciones Planificadas, a cargo de las obras, se encontraba incumpliendo la Resolución 541 de 1994 y 1076 de 2015, pues estaba permitiendo la evacuación de los vehículos relacionados con el proceso constructivo (mixer, volquetas y demás) con exceso de carga y sin el correcto estado de limpieza.

Esto estaba generando la afectación del espacio público en las vías aledañas a la obra por la propagación del material de arrastre que posteriormente terminaba depositado en la red de alcantarillado pluvial del sector, llevando estos residuos de construcción a las aguas del río Fucha.

Estas conductas están tipificadas en el Código Penal como un delito ambiental y pueden acarrear penas de 4 a 9 años de cárcel y multas de hasta 50.000 salarios mínimos legales vigentes.

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