Para muchos bogotanos, las altísimas temperaturas de este viernes en la ciudad provocaron una seria alarma y el deseo de tomarse una cerveza. Aunque para la ley colombiana está prohibido trabajar después de tomar alcohol, un fallo de la Corte Constitucional permitirá a la mayoría de trabajadores tomarse un trago o una cerveza y volver a su puesto laboral.

El fallo del Alto Tribunal hará que la prohibición de trabajar después de tomar alcohol o consumir sustancias psicoactivas solo aplique cuando el efecto de las mismas afecte el desempeño adecuado de su actividad laboral.

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Para la Corte, asistir al trabajo bajo el efecto de sustancias psicoactivas (como el alcohol) no puede ser punible por sí mismo, dado que impediría los derechos a la intimidad y el desarrollo de la libre personalidad. A pesar de esto, el cumplimiento de estos derechos no puede supeditarse a finalidades legítimas como garantizar la seguridad de los lugares de trabajo y asegurar el cumplimiento de sus funciones laborales.

El fallo no aclara en qué casos se puede presentar este incumplimiento, pero destacó que industrias como la manufactura, la construcción y el sector aeronáutico están exentos de esta normativa. En el resto de negocios, la afectación deberá ser determinada por el empleador antes de sancionar a sus trabajadores por llegar borrachos o bajo el efecto de drogas.

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“La exequibilidad de la disposición demandada debería condicionarse con el propósito de enfatizar la relación que debe tener la prohibición con el buen desempeño de la labor contratada, reconociendo que la prohibición no recae sobre el sujeto, sino sobre la potencial afectación que pudiese tener en la labor”, dice el fallo.

A pesar de esto, empresarios y expertos del mercado laboral advirtieron que la medida de permitir trabajar después de tomar alcohol se convierte en un precedente “peligroso”, debido a la dificultad de determinar si hay una afectación real en su labor. Sugirieron que la Corte mantenga la prohibición.

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