Esta prima corresponde a la mitad del salario mensual por semestre trabajado, como lo establece la Ley 1788 del 7 de julio de 2016. Por esta ley, alrededor de 730 mil trabajadores domésticos se verán beneficiados.
“Esta es una Ley que busca reivindicar los derechos laborales de más de 730.000 trabajadores domésticos, en su mayoría mujeres que se dedican a actividades caseras, y es justo reconocimiento en equidad, y nuestro llamado es para quienes contraten a estas personas cumplan sus obligaciones”, señaló la ministra de Trabajo, Griselda Restrepo.
Para las personas que no cumplan con el pago de la prima, se les impartirá una multa igual a la multa por no pago de la prima que aplica a cualquier trabajador en Colombia, lo que equivale a un día de salario por cada día de retardo.
La ministra Restrepo recordó que el pago de la prima de servicios corresponde a 30 días de salario por año, que se reconocerá en dos pagos: uno en la mitad máximo el 30 de junio y la otra mitad a más tardar los primeros 20 días de diciembre.
El reconocimiento de la prima se hará por semestre trabajado o en proporción al tiempo laborado.
Los empleadores deben tener en cuenta de que el monto a pagar es diferente dependiendo del periodo de tiempo y modo de trabajo. Para los trabajadores de tiempo completo que residen en el lugar, deben recibir la prima de acuerdo con el salario, sin derecho a recibir el auxilio de transporte, mientras que para los trabajadores de tiempo completo externos, se paga la prima de acuerdo con el salario más el auxilio de transporte.
En el grupo de trabajadores domésticos se encuentra toda persona natural que presta sus servicios a los hogares en tareas como aseo, cocina, lavado, planchado, jardinería, conductor de familia y trabajadores de finca, entre otros.
Para los trabajadores que necesiten ayuda para calcular su prima y liquidación, podrán contactarse a la línea 120 donde obtendrán asesoría sobre el tema.

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