Durante 2016, en Bogotá se licenciaron 41.004 unidades de vivienda, un 16,8% más que en 2015; se licenciaron 5,3 millones de metros cuadrados, de estos, 3,6 fueron empleados para uso residencial, que equivalen a un 31,8% más que en 2015.

Durante el año pasado, un total de 41.004 unidades de vivienda se licenciaron, registrando así un aumento de 16,8% comparado con el mismo periodo del año anterior (2015).

De este universo, 22.147 licencias fueron destinadas a Viviendas de Interés Social y Prioritario (VIS y VIP) con un incremento del 42% respecto de la oferta que había en 2015, es decir en el segmento que tiene un valor inferior a 135 salarios mínimos legales vigentes equivalentes a $99.951.795.

“Las cifras positivas del DANE demuestran que el trabajo del alcalde Enrique Peñalosa está orientado en mejorar la calidad de vida de los bogotanos, en mejorar sus condiciones de vivienda digna ante todo para las familias que sueñan con un techo propio, legal y formal”, asegura María Carolina Castillo, secretaria de Hábitat, y agrega que “por ello desde la Secretaría del Hábitat nos complace mencionar que en el año 2016 se licenciaron 8.912 viviendas de interés prioritario, la cual es una cifra histórica para la capital del país desde que se tiene esta medición”.

En total en Bogotá, el área licenciada aumentó en 7,3%, equivalentes a 5.293.158 metros cuadrados, que de acuerdo con las cifras de licenciamiento corresponden a la quinta parte del país.

Vivienda de Interés Prioritario
En cuanto a las unidades licenciadas de Vivienda de Interés Prioritario (VIP) en 2016, las cifras son históricas: en diciembre, este tipo de vivienda cerró el año con la aprobación de 3.175 unidades, segundo mayor dato desde que se tiene registro. Esto contribuyó al dato consolidado de 2016, donde se registraron 8.912 unidades en Bogotá, lo cual representó un aumento del 130,8 % comparado con 2015.

¿Que es el licenciamiento?
De acuerdo al Decreto 1469 de 2010, el licenciamiento se define como “la autorización previa para desarrollar edificaciones, de conformidad con lo previsto en el Plan de Ordenamiento Territorial, los instrumentos que lo desarrollen y complementen, los Planes Especiales de Manejo y Protección de Bienes de Interés Cultural, y demás normatividad que regule la materia. En las licencias de construcción se concretarán de manera específica los usos, edificabilidad, volumetría, accesibilidad y demás aspectos técnicos aprobados para la respectiva edificación, en el caso de Bogotá lo aprueba una curaduría urbana”.

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