La Función Pública hizo una invitación a todos los servidores públicos, y de entidades de y organismos de orden nacional, a realizar su respectiva declaración de bienes y rentas antes del próximo 31 de mayo.

Para el caso de los servidores público del orden territorial, el plazo tendrá una extensión hasta el primer día del mes de junio y el último día de ese mes para cada vigencia tal cual como lo cita la norma.

Este tipo de declaraciones debe ser diligenciado por medio del Sistema de Información y Gestión de Empleo Público- SIGEP.

En caso de no estar vinculado al sistema mencionado anteriormente, el servidor tendrá que presentar de forma física su declaración de bienes y rentas a la unidad de personal correspondiente.

Una vez  esté vinculados a la SIGEP, esta actualización de información sobre su declaración de bienes y rentas, se efectuará por medio del sistema.

Cabe resaltar que el corte de estas cuentas para hacer la respectiva declaración de bienes y rentas será hasta el 31 de diciembre del año inmediatamente anterior al de la presentación del mismo.

En caso de retiros por parte del servidor público de dicha entidad, la actualización en el sistema se hará con el corte de fecha en que se realizó, además de ser presentada por el servidor público dentro de los próximos días hábiles.

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