La Personería de Bogotá declaró este jueves como nulo el comparendo impuesto a dos jóvenes en un reconocido centro comercial el pasado mes de abril.

Pedro Francisco Rodríguez, inspector 2C distrital de Policía, declaró la nulidad de la multa impuesta como medida correctiva contra el joven Pedro Esteban Carrillo, por supuestos actos obscenos con su pareja en el establecimiento comercial.

En el comunicado publicado por el ente de control se menciona que "se comprobó que el agente de Policía dejó incompleto el procedimiento al imponer la orden comparendo al joven sin haberlo escuchado en descargos, lo cual conllevó a la nulidad del proceso por una falla objetiva que evidencia que la actuación policial en el proceso verbal inmediato, fue precaria".

La revisión de los videos aportados por la Segunda Estación de Policía evidenció que la falta de resolución y claridad, no permiten detalles las conductas denunciadas.

"Tampoco se evidencian escenas de actuaciones policiales como la toma de declaraciones y revisión de pruebas al atender la situación, ni el proceso de descargos por parte de la Policía".

Además de la orden de nulidad de la orden del comparendo, la Personería enunció "la vulneración a los derechos al debido proceso, a la contradicción, a la defensa y a un proceso público, como lo consagra la Constitución".

Asimismo, también se ordenó la eliminación de Pedro Esteban Carrillo en el Sistema de Información y del Registro Nacional de Medidas Correctivas.

Cabe recordar que este comparendo fue impuesto por la Policía basado en el testimonio de la persona que se sintió agredida por la presencia de los jóvenes.

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