El 8 de abril, la Alcaldía de Bogotá confirmó que en la capital de Colombia empezará a regir la medida de pico y género desde el lunes 13 de abril.

El pico y género se manejará de la siguiente forma:

  • Días impares pueden movilizarse exclusivamente las personas del sexo masculino.
  • Días pares pueden movilizarse exclusivamente las personas del sexo femenino.

Según el decreto 106 del 8 de abril de 2020, esta medida será para que los ciudadanos puedan realizar las actividades de adquisición de bienes de primera necesidad, alimentos, bebidas, aseo, limpieza y mercancías de ordinario consumo en la población y desplazamiento a servicios bancarios, financieros, de operadores de pago y a servicios notariales.

Las personas transgénero circularán de acuerdo a la restricción aquí establecida según su identidad de género.

 

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