Vivienda VIS y No VIS
Imagen de referencia, tomada de: Pixabay.

El Subsidio Complementario de vivienda se suma al de la Nación y en concurrencia con los de las Cajas de Compensación Familiar, para garantizar un mayor acceso a la vivienda propia en Bogotá.

El objetivo es que las familias de menores recursos puedan adquirir vivienda VIS (Vivienda de Interés Social) o VIP (Vivienda de Interés prioritario) en la capital del país. Esto, siempre y cuando el valor de la vivienda VIS no supere los 150 SMMLV ($136.278.900) y que el valor de la VIP no supere los 90 SMMLV ($81.767.340)*.

Así funciona:

Este subsidio se denomina como complementario porque se entrega a las familias que obtengan el subsidio de vivienda ‘Mi Casa Ya’ del Gobierno Nacional, es decir, este distrital se suma al de subsidio de la Nación.

Adicionalmente, los hogares que accedan a este subsidio podrán recibir una cobertura a la tasa de interés por los primeros 7 años del crédito o leasing, según el valor de la vivienda:

  • 5 puntos porcentuales = cuando el valor de la vivienda no supere los 90 SMMLV

  • 4 puntos porcentuales = cuando el valor de la vivienda sea superior a 90 SMMLV y de hasta 150 SMMLV.

Subsidio Complementario del Distrito:

  • A los hogares que tengan ingresos de hasta 2 SMMLV ($1.817.052) el Distrito les entregará un subsidio de 10 SMMLV ($9.085.260) y si tienen ingresos de más de 2 SMMLV y hasta de 4 SMMLV ($3.634.104) el subsidio distrital será hasta de 8 SMMLV ($7.268.208).

Subsidio Complementario del Distrito + Mi Casa Ya:

  • Los hogares que cuenten con ingresos de hasta 2 SMMLV ($1.817.052) se les otorgarán un subsidio de hasta 40 SMMLV (30 de la Nación y 10 del Distrito) lo que se traduce en $36.341.040.

  • Los hogares que cuenten con ingresos superiores a 2 SMMLV ($1.817.052) y hasta 4 SMMLV ($3.634.104) podrán acceder a un subsidio de hasta 28 SMMLV (20 Nación y 8 Distrito) lo que se traduce en $25.438.728.

Subsidio de concurrencia (Complementario del Distrito + Mi Casa Ya + Cajas de Compensación):

  • Los hogares que tengan ingresos de hasta 2 SMMLV ($1.817.052) y cuentan con un subsidio por parte de la Caja de Compensación, podrán sumarlo al del Distrito y la Nación y acceder a un subsidio de vivienda de hasta 60 SMMLV, es decir, de $54.511.560.

Subsidio para hogares con jefatura femenina:

  • A hogares conformados por mujeres cabeza de familia con ingresos de hasta 2 SMMLV ($1.817.052) que no estén en concurrencia con subsidios otorgados por las Cajas de Compensación Familiar, podrá asignárseles un aporte de hasta 30 SMMLV ($27.255.780*) por parte del subsidio del Distrito y hacer complementariedad con el del Gobierno Nacional, a través ‘Mi Casa Ya’ (30 SMMLV), lo que puede llegar a sumar un subsidio de hasta 60 SMMLV ($54.511.560*) calculados al momento de la solicitud de asignación.
  • A hogares conformados por mujeres cabeza de familia con ingresos superiores a 2 SMMLV y hasta 4 SMMLV ($3.634.104*), podrán asignárseles un aporte de hasta 10 SMMLV ($9.085.260) por parte del Gobierno Distrital y otro de hasta 20 SMMLV ($18.170.520) por parte del Gobierno Nacional, a través de ‘Mi Casa Ya’, lo que puede representar un subsidio de hasta 30 SMMLV($27.255.780) calculados al momento de la solicitud de asignación.
  • A hogares conformados por mujeres cabeza de familia con ingresos de hasta 2 SMMLV, que se encuentren en concurrencia con subsidios otorgados por Cajas de Compensación Familiar, podrá asignárseles un aporte de hasta 20 SMMLV ($18.170.520) por parte del Gobierno Distrital, otro subsidio por parte del Gobierno Nacional de hasta 20 SMMLV ($18.170.520) y el de la Caja de Compensación de 30 SMMLV, lo que puede representar un subsidio de hasta 70 SMMLV ($63.596.820) calculados al momento de la solicitud de asignación.

Requisitos:

  • Contar con ingresos mensuales de hasta 4 SMLMV ($3.634.104).

  • No ser propietarios de una vivienda en el territorio nacional.

  • No haber sido beneficiario de las coberturas de tasa de interés.

  • Buscar acceder, a través de operaciones de crédito hipotecario o leasing habitacional, a una Vivienda de Interés Prioritario – VIP que no exceda los 90 SMMLV o de Interés Social - VIS que no exceda los 150 SMMLV.

  • No estar reportado en las centrales de riesgo.

Así es el proceso: 

Lo mejor de todo es que los hogares interesados podrán hacerlo sin filas, trámites e intermediarios. Solo deberán elegir un proyecto de vivienda (VIS/VIP) acercarse a una entidad bancaria para solicitar el crédito, informar al asesor que desea acceder al subsidio del Distrito y complementariedad de ‘Mi Casa Ya’ y además si cuenta con subsidio de caja de compensación y listo.

El asesor hará el estudio, si es aprobado el crédito hipotecario o leasing habitacional, el hogar podrá acceder al subsidio de vivienda.

Valores calculados con el Salario Mínimo Mensual Legal Vigente –SMMLV de 2021.

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