San Cristóbal.
Tomada de: Alcaldía Mayor de Bogotá.

La Ley de vivienda y hábitat permite el uso de espacio público bajo algunos argumentos, uno de ellos son los cerramientos en conjuntos residenciales: presta atención a la norma.

Según el articulo 51 de la Ley de vivienda y hábitat, los complejos residenciales que cuenten con elementos instalados en espacio público destinados a su seguridad, tales como, rejas, cerramientos, puestos de vigilancia o talanqueras, entre otros, y que sean objeto de un proceso de restitución de espacio público por parte de la autoridad competente, podrán concertar con la Administración Distrital o municipal correspondiente un plan de administración y cuidado del espacio público.

Esto aplica para:

  • Urbanizaciones.
  • Unidades inmobiliarias cerradas.
  • Barrios.
  • Desarrollos de propiedad horizontal.

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La norma debe ser analizada por cada entidad territorial debido a que debe verificar que el uso del espacio público sea bien aprovechado, lo que permite hacer una inclusión de la comunidad en estos procesos.

En el caso de Bogotá, las autoridades distritales manifestaron que aún se está en la  etapa de implementación teniendo en cuenta que la norma se hacer vigente hasta el 14  de enero de 2021, asimismo se analiza qué entidad se encargará de esta implementación.

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