Este jueves, 29 de abril, en el marco de la aplicación de las medidas tomadas por la Alcaldía de Bogotá, para controlar el ingreso de personas a establecimientos públicos y privados, se implementó el pico y cédula para evitar aglomeraciones y frenar el tercer pico de la pandemia del COVID-19.
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Este 29 de abril, los ciudadanos con cédulas terminadas en número impar (1, 3, 5, 7 y 9) no podrán acceder a establecimientos donde se realicen actividades tales como la adquisición y pago de bienes y servicios; compra de cualquier producto al detal y por mayor; de servicios bancarios, financieros, notariales y de atención al ciudadano en entidades públicas.
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Excepciones del pico y cédula
- Servicios notariales, bancarios, financieros y administrativos.
- Persona que realizan labores de apoyo a adultos mayores, personas discapacitadas o con limitaciones físicas.
- Personal médico y otros que estén vinculados al servicio de salud.
- La distribución de los combustibles líquidos derivados del petróleo, de conformidad con lo estipulado en el Decreto 1521 de 1998.
- La actividad hotelera.
- La prestación de servicios gastronómicos en restaurantes.
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