De acuerdo con el Consejo de Estado, la decisión se da porque la Procuraduría no tiene competencia para sancionar a un funcionario de elección popular como lo declaró la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), además, porque las pruebas presentadas no eran suficientes para declarar la destitución e inhabilidad.

“Para la sala no se configuraron las supuestas faltas disciplinarias que llevaron a la Procuraduría General a sancionar e inhabilitar al exalcalde de Bogotá en enero de 2014, por lo que se ordena pagar los salarios y prestaciones que dejó de percibir Petro Urrego con la decisión del Ministerio Público”, cita el fallo del Consejo de Estado.

Así mismo, el alto tribunal exhortó al Gobierno y al Congreso de la República para que en un término de dos años adecúen la legislación interna a la Convención Interamericana de Derechos Humanos.

Gustavo Petro fue destituido e inhabilitado para ejercer cargos públicos por 15 años, debido a que la Procuraduría lo encontró responsable de cometer tres supuestas faltas catalogadas como graves, después de ordenar el cambio en el modelo de recolección de basuras en Bogotá en el 2013.

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