La Corte Constitucional examinó la acción de tutela promovida por el padre de la niña arquera de fútbol María Paz Mora contra los entes organizadores del torneo Liga Pony Fútbol 2018, a causa de la determinación de sancionar y excluir al equipo infantil, con el cual jugaba la menor ,por su participación en un equipo conformado mayoritariamente por varones.

Los demandados, la División Aficionada del Fútbol Colombiano –Difútbol–, la Liga de Fútbol de Bogotá y CREARE Ltda., alegaron que en el torneo no estaba permitida la conformación de equipos mixtos, pues la FIFA lo prohíbe.

Además, manifestaron que el club deportivo incluyó a la niña en su nómina de jugadores bajo una interpretación errada del reglamento, el cual ‒según afirman‒, al mencionar a “niñas y niños”, se refiere a las categorías femenina y masculina por separado.

La Corte constató que no era cierto que las reglas del torneo prohibieran la conformación de equipos mixtos, como tampoco que la FIFA, en tanto autoridad rectora del fútbol mundial, lo desaprobara.

“Por el contrario, se encontró que este organismo internacional estima positiva la integración y promueve la práctica del deporte del fútbol de manera conjunta entre niñas y niños”, señaló la Corte.

Así, la Sala Novena de Revisión determinó que: “al catalogar como una actuación irregular la participación de la menor María Paz Mora Silva como arquera titular en un equipo mayoritariamente integrado por niños, las entidades organizadoras del campeonato revelaron una postura sexista y discriminatoria frente a la práctica del deporte, que reproduce estereotipos culturales que presuponen la segregación fundada en el sexo”.

De igual forma, consideró su condición de niña bastó para que los demandados concluyeran que estaba impedida para jugar al fútbol junto con los varones.

Adicionalmente, la decisión de sancionar y excluir al equipo de María Paz Mora Silva de la competencia  “vulneró su derecho fundamental a la recreación y al deporte de ella y de los infantes que conformaban dicho conjunto, pues coartó arbitrariamente sus posibilidades de continuar potenciando sus habilidades y destrezas, individuales y como grupo”.

Por tales razones, la Corte ordenó la protección constitucional a la niña y a los demás niños jugadores del equipo, cuya sanción y expulsión fue declarada como una decisión inconstitucional.

Asimismo, solicitó a los organizadores que realicen una declaración pública conjunta en los actos de inauguración y clausura del torneo Liga Pony Fútbol 2019, en la cual reconozcan que la expulsión del equipo fue arbitraria y discriminatoria, y se comprometan a no volver a incurrir en esas conductas y a promover la igualdad de género en sus instituciones y en la práctica del deporte.

Finalmente, solicitó la inscripción y admisión automática del club en el campeonato de este año, con la posibilidad de que la niña María Paz Mora Silva participe en dicho equipo, si ella lo decide y exhortó a las autoridades encargadas del deporte a que diseñen e implementen programas y campañas de sensibilización frente a la igualdad de género en la práctica deportiva.

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