Corte Constitucional prohíbe la caza deportiva en Colombia
Parque Nacional Chingaza- prensa Alcaldía Mayor de Bogotá

Con siete votos a favor y dos en contra la Corte Constitucional prohibió este miércoles la caza deportiva en el territorio colombiano.

Para los siete magistrados que votaron en contra de la caza deportiva esta práctica es una modalidad de maltrato animal. Sin embargo, la única modalidad que aún será legal es la pesca deportiva.

"No es constitucionalmente admisible matar animales con la úinica finalidad de recreación. Esto es compatible con el mandato constitucional de la protección del ambiente", mencionó Antonio José Lizarazo, magistrado de la Corte Constitucional.

Esta decisión determinará la desaparición de organizaciones como la Federación Colombiana de Tiro y Caza Deportiva (Fedetiro) la cual tiene cerca de 1.000 personas acreditadas para cazar.

El alto tribunal remarcó que quien continúe realizando este tipo de prácticas será sancionado con penas previstas en el Código Penal por maltrato animal.

La cacería de animales deportiva que estaba avalada en el estatuto de protección animal de 1989 y en el Decreto Ley 2811 de 1974, especificaba que en el territorio colombiano se podían cazar seis especies en las que se encontraban cinco aves y un tipo de venado.

Esta medida aprobada entrará en vigencia el 6 de febrero de 2020.

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