Multas en el día sin carro y sin moto

Este 2 febrero se desarrollará en la capital del país una nueva jornada de día sin carro y sin moto. Incumplir esta disposición acarrea una multa de 522.900 pesos, además de la inmovilización del vehículo.

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Esta sanción está estipulada en el Código Nacional de Tránsito en la infracción C.14: “Transitar por sitios restringidos o en horas prohibidas por la autoridad competente”.

Durante la jornada aplican las 18 excepciones a continuación:

  1. Transporte público
  2. Vehículos y motos conducidos por personas en condición de discapacidad o para su transporte.
  3. Vehículos y motos de emergencia.
  4. Vehículos y motos propulsados por motores eléctricos.
  5. Rutas escolares.
  6. Carrozas fúnebres.
  7. Vehículos de transporte de valores.
  8. Vehículos con capacidad para movilizar más de 10 pasajeros.
  9. Vehículos y motos de empresas de servicios públicos domiciliarios.
  10. Transporte destinado al control del tráfico y las grúas.
  11. Caravana presidencial.
  12. Vehículos y motos militares, de la Policía Nacional y de organismos de seguridad del Estado.
  13. Vehículos de servicio diplomático o consular.
  14. Motos de vigilancia y seguridad privada.
  15. Vehículos asignados por la Unidad Nacional de Protección.
  16. Motocicletas, vinculadas a empresas, plataformas tecnológicas y/o establecimientos.
  17. Transporte para el control operacional y el mantenimiento del Sistema Integrado de Transporte Público.
  18. Vehículos y motos para el control de emisiones y vertimientos.

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