El edificio Space colapsado. Foto: Kien y ke.

La orden se dio por el homicidio culposo del estudiante universitario Juan Esteban Cantor, quien falleció junto con otras 11 personas el 12 de octubre del año 2013, tras el desplome de la torre 6 del Edificio Space en el barrio El Poblado de Medellín.

La determinación judicial afecta a Pablo Villegas Mesa, que en ese momento era el  representante legal de la firma Constructora Lérida CDO S.A., encargada de gerenciar la obra;a Jorge de Jesús Aristizábal Ochoa, ingeniero estructuralista del proyecto edificio Space, encargado de coordinar el diseño de la construcción y María Cecilia Posada Grisales, ingeniera directora de obras.

En las pruebas presentadas por la Fiscalía General de la Nación durante el juicio, se demostró que hubo violación al deber objetivo de cuidado por parte de diseñadores y constructores de la obra.

Según el informe técnico presentado por la Fiscalía, hubo más de 6 mil errores en la construcción del edificio Space.  También hubo graves fallas en la utilización y mezcla de los materiales utilizados. Según las pruebas obtenidas por el organismo investigador, la obra fue diseñada sin el respeto por las normas de sismorresistencia.

Esto “lleva a concluir que si se hubiera dado un sismo, el edificio no hubiese aguantado”, enfatiza el informe de los peritos. De la misma manera, hubo un cálculo erróneo en materia de soporte del peso. Se planearon 22 pisos y fueron construidos 26. Los familiares de las otras 11 víctimas fatales fueron indemnizadas de manera integral por la firma constructora y en consecuencia, la Fiscalía precluyó la investigación por esos homicidios.

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