En el decreto 126 del 10 de mayo de 2020 se establecieron algunos horarios para la salida tanto de adultos como menores de edad, como también de sectores productivos que se han reactivado

Horario Sector Desarrollo Económico

Con el fin de minimizar las aglomeraciones en los sistemas de transporte masivo y mitigar la propagación del Covid-19 los siguientes sectores económicos exceptuados deberán funcionar entre las siguientes franjas horarias:

  • Construcción: Entre las 10:00 a.m. a 7:00 p.m.
  • Comercialización al por menor y detal de productos y servicios no esenciales: entre las 12:00 del mediodía a las 11:59 p.m. 3.
  • Manufactura: entre las 10:00 a.m. y las 5:00 a.m.

Horario Sector Hábitat

Con el fin de evitar tomas ilegales de inmuebles públicos, adoptarán medidas que garanticen el cuidado y custodia de los mismos, para lo cual, de ser necesario, se podrá realizar el reforzamiento de los esquemas de seguridad contratados, obras preventivas y de cerramiento.

Horario de actividad física

La actividad física individual al aire libre, podrá efectuarse de la siguiente manera:

  • Las personas entre 18 y 60 años en el horario entre las 6:00 a.m. y las 10:00 a.m., en un lapso no superior a una hora.
  • Además, niños y adolescentes entre 6 años y menores de 18 años podrán salir tres veces a la semana, media hora al día y deberán estar acompañados de un cuidador que esté entre los 18 y 59 años.
  • Esto entre 8 a.m. a 11 a.m. o de 2 p.m. a 5 p.m. y, los cuidadores, podrán hacerse cargo máximo de tres menores de edad.
  • Recuerde que no se permite la utilización de gimnasios instalados en los parques ni módulos de juegos infantiles.

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