Ya se firmó la resolución que reglamenta el uso de patinetas eléctricas en Bogotá. La secretaría de movilidad y las empresas privadas elaboraron un protocolo para el aprovechamiento del espacio público.

El protocolo expone seis principios de operación para el uso de patinetas eléctricas en la capital: seguridad vial; uso adecuado del espacio público; facilidad de uso en aspectos relacionados con tarifas, inscripción o medios de pagos; protección al usuario como consumidor del servicio prestado; gestión social relacionada con las zonas aledañas al espacio asignado para el alquiler, y, por último, datos abiertos que permitan datos históricos de uso y desempeño del sistema.

Asimismo, se acordó que las patinetas eléctricas no podrán superar una velocidad de 20 km por hora. Deberán tener freno, timbre, luz blanca delantera, luz roja trasera, pie de apoyo, gps y número único de identificación visible.

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Por otro lado, las empresas tendrán que ubicar las patinetas en el espacio público de acuerdo con los cupos que previamente autorice la Secretaría de Movilidad. Además, deberá adoptar un protocolo para la atención de incidentes, siniestros y emergencias.

Por su parte, los usuarios tendrán que transitar únicamente por ciclorrutas y vías permitidas, ubicar las patinetas en los espacios autorizados por la Secretaría y no transportar objetos que disminuyan la visibilidad.

Por: Ángel Aguilar

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