Estudiantes desconocen programas de educación superior

Mediante un comunicado, el ICETEX indicó que "respeta y acata el sentido de la decisión (...) en lo que respecta al auxilio denominado Período de gracia de créditos vigentes".

Por lo anterior, la entidad señaló que:

  • Como entidad financiera de naturaleza especial, no hace parte del Presupuesto General de la Nación. Por esta razón, sus actividades de otorgamiento de nuevos créditos y pago de matrículas vigentes dependen fundamentalmente de los recursos que provienen del recaudo de intereses y capital. En ese sentido, toda medida de no causación o condonación de intereses, que no tenga una fuente alternativa asociada, tal como se contempla en el Decreto 467 de 2020, afectaría directamente la posibilidad de otorgar y sostener la financiación de créditos educativos.
  • La mayoría de sus usuarios pertenecientes a los estratos 1, 2 y 3 ya cuentan con el beneficio de tasa subsidiada, o interés real del 0%; sin embargo, conscientes de la difícil situación por la que atraviesan quienes no tienen este beneficio, los recursos dispuestos por el Gobierno Nacional permitirán reducir los intereses al IPC a más de 57 mil usuarios que renueven o soliciten su crédito. En consecuencia, para los usuarios de estos estratos que requieran un período de gracia, ya se contemplaba la no generación de intereses.
  • La medida período de gracia se estableció conforme a la definición dada por la Superintendencia Financiera de Colombia. El deudor no realiza ningún pago mientras dura la medida y los intereses causados en este tiempo son pagados durante el plazo restante de amortización.

La entidad indica que "adoptará las decisiones que correspondan en armonía con lo que señale la sentencia" de la Corte Constitucional y "continuará trabajando de la mano con el Gobierno Nacional".

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