Con seis votos a favor y tres en contra, la Corte Constitucional dio vía libre al suicidio asistido, el cual se podrá realizar siempre y cuando el diagnóstico médico sea el de una enfermedad grave e incurable, o cuando los padecimientos físicos y psíquicos sean incompatibles con una vida digna; además, debe existir el consentimiento del paciente. 

El alto tribunal, con seis votos a favor y tres en contra, despenalizó el suicidio asistido. Esta decisión se complementa con la que había aprobado hace unas semanas con relación a la despenalización de la eutanasia.

El suicidio asistido, por parte de un médico, se podría llevar a cabo por el mismo paciente, siempre y cuando el diagnóstico médico sea el de una enfermedad grave e incurable y cuando los padecimientos físicos y síquicos sean incompatibles con una existencia digna, además de que exista el consentimiento del paciente.

“Se trata de un nuevo mecanismo que, junto con la eutanasia, nos permitirá acceder a una muerte médicamente asistida, a una muerte libre, a una muerte segura, a una muerte acompañada”, sostuvo Lucas Correa, abogado que interpuso la demanda.

Hasta ahora, un médico que asistiera a un paciente en este tipo de práctica podría ser condenado a una pena de cárcel de entre 16 meses y tres años.

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“El fallo de la demanda pone a Colombia en el lugar de los estados y países más desarrollados en el tema. Estamos a la altura de lugares como los Países Bajos y Canadá”, agregó el abogado Lucas Correa.

En esta práctica, el paciente podrá consumir un medicamento que le ponga fin a su existencia y que sea recetado por un médico.

La demanda había sido interpuesta por una organización conocida como “Laboratorio de Derechos Económicos, Sociales y Culturales”, para buscar que sea un profesional de la medicina quien asista a un paciente que quiera tomar la decisión y que el facultativo no sufra ninguna sanción penal por su labor.

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