El Ministerio de Hacienda, la DIAN, Colpensiones, la Secretaria de Desarrollo Económico de Bogotá, Fenalco, Positiva y Asobancaria presentaron el decreto de monotributo a los pequeños empresarios en la Plaza de los Artesanos.

Según la Secretaria de Desarrollo Económico, el monotributo ayuda a los tenderos  a ahorrar para la vejez e incentiva el pago electrónico, lo que aumenta la competitividad.

Erick Behar Villegas, subrsecretario de la Secretaría de Desarrollo Económico de Bogotá explicó que este impuesto implica muchos beneficios para la ciudad y lo definió como un “tramite de simplificación voluntaria para los tenderos y personas que quieran acogerse a todos los beneficios del programa del Gobierno”.

Según dijo para la ciudad es una gran contribución porque “la simplificación tributaria también eleva la competitividad de la ciudad” y añadió que “los tenderos van a poder acceder a la bancarización, que es importante para poder expandirse”.

Así mismo recalcó que el monotributo “no es un nuevo impuesto, es un impuesto voluntario que reemplaza el impuesto de renta y que también, en ultimas, va a tener beneficios para quienes se acojan porque se puede retribuir una tercera parte del impuesto”.

Cabe recordar que quienes pueden acceder son las personas naturales, comerciantes al por menor, que tengan establecimientos con un área inferior o igual a 50 m2 e ingresos brutos anuales entre $44.602.600 y $111.506.500.

Pueden acceder comerciantes al por menor, que tengan negocios como: tiendas, peluquerías, ferreterías, charcuterías, carnicerías, servitecas; tiendas de tecnología, deportivas, de ropa y accesorios; venta de electrodomésticos, librerías, papelerías, droguerías y comercio online.

Dentro de los beneficios, está que una parte de la tarifa del monotributo se destina al aporte de riesgos laborales sobre el ingreso de un salario mínimo.

El valor mensual del impuesto oscila entre $43.000 y $85.000 dependiendo del volumen de los ingresos del contribuyente. El valor anual del impuesto se podrá pagar en las cuotas que determine el contribuyente hasta el 31 de enero de 2018.

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