Dinero
Foto: Alcaldía de Bogotá

Ahora que el Gobierno Nacional reglamentó el mecanismo de renta vitalicia, los ciudadanos podrán adelantar el proceso con empresas aseguradoras, que determinarán el monto de la renta periódica.

A la renta vitalicia pueden acceder todos los hogares que deseen, para lo cual las compañías aseguradoras tendrán a su cargo deberes especiales de información, documentación y asesoría, bajo los más altos estándares de prudencia.

"Una familia puede utilizar ese inmueble para aumentar los ingresos y tener mayores recursos, pero seguir disfrutando de la vivienda, ahí se hace la entrega previa de la vivienda y se recibe una renta hasta finalizar los días", dijo Carlos Ruiz, viceministro de vivienda.

No existe en el decreto un límite mínimo de edad para acceder, aplica para todos los colombianos sin distinción de estratos o ingresos.

El hogar interesado en tomar el seguro deberá acreditar la propiedad y lo transferirá a: título de pago del precio de la prima al momento de obtener el contrato de renta vitalicia inmobiliaria.

El monto de la renta periódica será determinado por cada entidad aseguradora, que le corresponde asumir los gastos de notariado y registro asociados a la transferencia de la propiedad, el pago de los impuestos, las cuotas extraordinarias de administración. Por su parte, le corresponde al hogar el pago de los servicios públicos y las cuotas ordinarias de administración.

Aquí el informe completo:

 

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