Foto de; Kienyke

Son múltiples las consecuencias que Aida Merlano deberá afrontar por haberse fugado. Entre ellas, según el código penal, una nueva condena por burlar a la justicia que puede llegar hasta los nueve años de cárcel. 

“El que se fugue estando privado de su libertad en centro de reclusión, hospital o domiciliariamente, en virtud de providencia o sentencia que le haya sido notificada, incurrirá en prisión de cuarenta y ocho (48) a ciento ocho (108) meses”, reza el artículo 448 del código penal. 

Merlano, de ser capturada, no enfrentaría el proceso por el delito de fuga de presos ante la Corte Suprema de Justicia "porque ella ya profirió su fallo, que sencillamente tiene que ser cumplido sin perjuicio del derecho que se tiene a una segunda instancia", dijo José Gregorio Hernández, expresidente de la Corte Constitucional. 

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Los funcionarios o personas particulares que hayan favorecido la fuga de Merlano deberán enfrentar un proceso penal por la comisión de varios delitos.

"Por necesidad tienen que haber intervenido otros sujetos que deben ser investigados, porque este es un asunto en el que hay complicidad, concierto para delinquir. El Estado colombiano no puede permitir que este tipo de cosas ocurran, y es necesario que la Fiscalía General de la Nación adelante las investigaciones pertinentes y que los jueces competentes se pronuncien", expresó José Gregorio Hernández.

Además, el artículo 449 del código penal establece que las personas encargadas de la vigilancia de un detenido que faciliten la fuga de un recluso están expuestas a pagar de 6 a 12 años de prisión.

La Corte Suprema de Justicia condenó a 15 años de prisión por compra de votos a la ahora prófuga política que militó varios años en el partido Conservador. 

Por Juan Sebastián Sandoval 

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