La Corte Suprema de Justicia dejó en firme la sentencia de ilegalidad de la huelga de pilotos de Avianca, realizada entre el 20 de septiembre y el 12 de noviembre de 2017, al confirmar la improcedencia de la tutela instaurada por la Asociación Colombiana de Aviadores Civiles, ACDAC,

Según la providencia, ni el Tribunal Superior de Bogotá, ni la Sala de Casación Laboral, vulneraron los derechos fundamentales al debido proceso, asociación sindical y no discriminación o acceso a la administración de justicia.

En decisión mayoritaria, con ponencia del magistrado Octavio Augusto Tejeiro Duque y salvamento de voto de los magistrados Aroldo Wilson Quiroz Monsalvo y Luis Armando Tolosa Villabona, la Sala de Casación Civil ratificó la legitimidad del procedimiento adelantado por la jurisdicción laboral, mediante el cual se determinó que el paro de pilotos promovido por la organización sindical fue ilegal.

“Al analizar la evidencia allegada, la Sala determina la imposibilidad de abrir paso al resguardo, porque el pronunciamiento combatido no refleja atropello, ni es derivado de la mera subjetividad, debido a que las motivaciones que lo rodean se enmarcan dentro de lo razonable y dan cuenta que el ‘juzgador natural’ no obró caprichosamente, ni se excedió en su función, sino que, por el contrario, efectuó una intelección plausible sobre el objeto de la polémica”, señaló la Corte.

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