Imagen de referencia tomada de la Alcaldía de Bogotá.

El Gobierno Nacional aprobó que se emita la licencia de conducción para vehículos particulares a personas con niveles de sordera profunda, esto gracias a una resolución por la cual se establecen los requisitos para que las personas con discapacidad auditiva puedan obtenerla.

Más de 10 años duró la espera para que la población de personas con discapacidad auditiva pudieran tener el documento. En un trabajo conjunto entre el Gobierno Nacional, el Instituto Nacional para Sordos (INSOR) y otras entidades, lograron que esta población ejerza su autonomía de movilidad en los vehículos.

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Casi una década esperaron unas personas con discapacidad auditiva para poder volver a manejar un vehículo.

“Celebramos enormemente la expedición de esta resolución en donde el Gobierno Nacional, el Ministerio de Transporte y la Agencia Nacional de Seguridad Vial, aprueban por primera vez en Colombia, la licencia de conducción para personas sordas profundas”, compartió Natalia Martínez, directora de INSOR.

Luego de tres años, este martes el Ministerio de Transporte expidió la resolución 20223040030355, la cual establece los detalles para que las personas de la comunidad sorda accedan a su licencia de conducción.

“En distintas mesas con la comunidad sorda, con la comunidad académica y con distintas universidades en la construcción de la mejor resolución posible”, agrega Natalia Martínez, directora de INSOR.

Según informaron, el documento se expidió luego de un análisis y estudios técnicos que concluyeron lo siguiente:

“La información consultada y obtenida no muestra que haya resultados concluyentes para la asociación entre las limitaciones auditivas y la tasa de siniestros y habilidades para conducir”, aclaró Camilo Pabón, viceministro de Transporte.

Con la nueva reglamentación, cuando se otorgue una licencia de conducción, deberá dejarse la anotación detrás del documento dentro de la casilla de restricciones.

Para conducir deben tener en cuenta lo siguiente:

  • Las personas que tengan una pérdida auditiva entre 26 y 40 decibeles (leve), no requerirán ninguna adaptación del vehículo.
  • Las personas con pérdida auditiva entre 41 a 90 decibeles (entre moderada hasta grave) y sordera profunda al conducir una moto, requerirá dos espejos laterales convexos y portar el símbolo de sordera visible en este. Si es un vehículo, requerirá una espejo retrovisor frontal panorámico interior, un espejo lateral y un símbolo de sordera visible.

“Se eliminó el requisito de los exámenes de control periódicos para todos los niveles de capacidad auditiva en la licencia particular”, añadió Camilo Pabón, viceministro de Transporte.

En cuanto al acceso de licencias para conducir vehículos destinados a servicio público, informaron:

“Las bases sentadas para que se sigan construyendo, de manera conjunta los reglamentos para que el alcance de este documento llegue al transporte público”, dijo Luis Lota, director de la Agencia Nacional de Seguridad Vial.

Las autoridades de tránsito tendrán un año para garantizar la accesibilidad y establecer los respectivos canales de atención incluyentes a la comunidad.

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Cerca de 90 mil personas de la comunidad sorda viven en la capital, se espera que quienes deseen acceder a la licencia, lo hagan y puedan tener autonomía para manejar un vehículo en la ciudad.

Mira aquí el informe completo:

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