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Foto de: Procuraduría General de la Nación .

La Procuraduría General de la Nación solicitó a la Corte Constitucional tumbar parte de la ley que establece que propietarios de vehículos deben responder por fotomultas a sus conductores. 

El Ministerio Público señaló que el parágrafo 1, del artículo 8 de la Ley 1843 de 2017, que regula los sistemas de detección de infracciones de tránsito, viola el derecho al debido proceso, "ya que en materia de sanciones se debe observar como mínimo que las autoridades identifiquen al transgresor".

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Según el órgano de control, la norma es inexequible ya que "establece un régimen de responsabilidad solidaria entre el dueño del vehículo y el conductor, lo que implica que la autoridad puede exigir el pago de la sanción a cualquiera de los dos sujetos".

La Procuraduría además aclaró que la responsabilidad solidaria es una manera de hacer obligatoria esta medida, "pero no es el procedimiento para determinar quién es el infractor, pues permite que la administración persiga el pago incluso por un acto ajeno".

 

 

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