¿Quién puede llevar acompañante al cubículo de votación?
Imagen tomada de la Registraduría Nacional del Estado Civil

Continuamos dando respuesta a las preguntas de nuestra audiencia. En esta ocasión quiénes pueden llevar un acompañante hasta su cubículo este 13 de marzo y el 29 de mayo en las jornadas electorales.

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Desde la Universidad Javeriana, el estudiante Carlos Agon Ruíz nos informa que, según la Ley 16 3 de 1994, los ciudadanos y ciudadanas que pueden llevar un acompañante hasta su cubículo para ejercer su derecho al voto son:

  • Las personas mayores de 80 años.
  • Las personas con discapacidad física o visual.

Siempre y cuando el votante lo requiera y esté de acuerdo. Esta fue la explicación de: ¿quiénes pueden llevar acompañante a los cubículos de votación el día de las elecciones? Si tienes alguna otra inquietud sobre las jornadas electorales escríbenos al WhatsApp: 3102630927, o a nuestras redes sociales con el #MásVotosMásDemocracia. 

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