¿Piensa viajar a Bogotá en esta Semana Santa? Aquí le traemos una completa guía de cómo funcionará el pico y placa en la ciudad, los límites de velocidad estipulados y las sanciones que puede acarrear infringir estas normas de tránsito.
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Pico y placa
Día / Vehículo | PARTICULARES
Restricción de 6:00 a.m. a 8:30 a.m. y de 3:00 p.m. a 7:30 p.m. |
TRANSPORTE ESPECIAL
(automóvil, campero o camioneta de 4 pasajeros sin incluir el conductor)
Restricción de 5:30 a.m. a 9:00 p.m.
|
TAXIS
Restricción de 5:30 a.m. a 9:00 p.m. |
Miércoles 17 | Placas terminadas en:
1-3-5-7-9 |
Placas terminadas en:
5-6 |
Placas terminadas en:
5-6 |
- Los días jueves y viernes santos no habrá restricciones de circulación en Bogotá por pico y placa.
- El sábado santo la restricción aplica para vehículos de transporte especial de 4 pasajeros -sin incluir el conductor- y para taxis con placas finalizadas en 1-2.
- El lunes 22 de abril la restricción es para vehículos particulares con placas terminadas en 0-2-4-6-8, para taxis y vehículos de transporte especial de cuatro pasajeros -sin incluir el conductor- con placas finalizadas en 3-4.
Límites de la ciudad para aplicación del pico y placa
- Autopista norte: saliendo hasta el peaje y entrando desde la calle 210
- Autopista sur: saliendo e ingresando de Bogotá hasta la calle 65F sur
- Calle 13: saliendo e ingresando de Bogotá carrera 135 Río Bogotá
- Calle 80: saliendo e ingresando de Bogotá carrera 120
- Vía al Llano: saliendo e ingresando de Bogotá Km. 0 El túnel
Sanciones por infringir el Pico y Placa
La infracción por pico y placa es la C.14 del Código Nacional de Tránsito: “transitar por sitios restringidos o en horas prohibidas por la autoridad competente. Además, el vehículo será inmovilizado”, y la multa que se aplica es de 414.100 pesos.
Límites de velocidad
Las vías en Bogotá tienen un límite de velocidad máxima de 60 Km/h excepto en los siguientes corredores y donde se indique, que tienen una velocidad máxima de 50 Km/h en ambos sentidos:
- Avenida Boyacá
- Avenida de Las Américas
- Avenida Ciudad de Cali
- Avenida calle 80
- Avenida carrera 68
- Avenida NQS
- Avenida Primero de Mayo
Las zonas residenciales, zonas escolares y donde se indique, tienen una velocidad máxima permitida de 30 Km/h
Sanciones por exceder la velocidad
- La infracción por exceder la velocidad es la 29 del Código Nacional de Tránsito: “Conducir un vehículo a velocidad superior a la máxima permitida”. La multa que se aplica es de 414.100 pesos.
- También se aplica la infracción 05 del Código Nacional de Tránsito: “no reducir la velocidad según lo indicado por este Código, cuando transite por un cruce escolar en los horarios y días de funcionamiento de la institución educativa. Así mismo, cuando transite por cruces de hospitales o terminales de pasajeros”. La multa que se aplica es de 414.100 pesos.
- En los corredores de la Avenida NQS y de la Avenida Primero de Mayo la Policía de Tránsito aplica comparendos pedagógicos hasta el día 22 de abril cuando comienzan los sancionatorios.
Operativos en Semana Santa
- La Secretaría Distrital de Movilidad adelantará operativos especiales contra el transporte ilegal, en inmediaciones de la terminal de transporte Salitre y en el aeropuerto. De la misma forma, intensificará los controles de velocidad en la ciudad.
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