La Secretaría de la Mujer se refirió a la polémica que se ha dado sobre el aborto en Colombia. La entidad del Distrito hizo un llamado "para que se despenalice la Interrupción Voluntaria del Embarazo" y manifestó que no puede haber un retroceso en relación a la sentencia que despenalizó esta práctica en tres circunstancias específicas.

Actualmente la Corte Constitucional estudia una demanda que busca la penalización total del aborto. Ante esta situación, la Secretaría de la Mujer de Bogotá presentó un concepto a la Corte sobre este tema.

La entidad indicó que existen unas barreras que excluyen y perpetúan la discriminación y la desigualdad entre las mujeres. Estas, además, "ponen en riesgo su vida y su salud, al acudir a abortos clandestinos frente a las negativas y obstáculos para acceder a la Interrupción Voluntaria del Embarazo (IVE)", indicó la entidad, que también mencionó 10 elementos clave en esta polémica.

Estas son las barreras que persisten, según mencionó la Secretaría de la Mujer: 

 

1) El desconocimiento sobre la normatividad vigente de la IVE. Esto genera interpretaciones restrictivas por parte de profesionales de la salud, el sector justicia, las mismas mujeres y la ciudadanía en general. Es necesario hacer un mayor esfuerzo en divulgar la sentencia y las normas que la desarrollan.

2) En la atención en salud los principales obstáculos son: a) No existen protocolos que contengan los lineamientos del Ministerio de Salud para realizar el procedimiento, b) No se autoriza el procedimiento bajo el argumento de que las mujeres no cumplen con los requisitos, c) Se cuestiona o se intenta disuadir a las mujeres frente a su decisión, haciéndolas sentir culpables y juzgando su autonomía sexual y reproductiva; las mujeres no deben ser juzgadas ni criminalizadas por tomar decisiones sobre su vida y salud, d) Se solicitan requisitos adicionales, como la realización de juntas médicas o la autorización de madres-padres o de jueces, e) Faltan instituciones y prestadores en los niveles departamental, distrital y municipal, con capacidad técnica y profesional para realizar el procedimiento, f) Se niegan certificaciones médicas necesarias para acceder a la IVE, g) Existe violencia ginecobstétrica derivada de la solicitud de la IVE, h) Falta capacitación a profesionales de la salud para la práctica del procedimiento.

3) El ejercicio inadecuado de la objeción de conciencia. Se presenta cuando profesionales de la salud objetan conciencia sin justificación o fundamentadas no en creencias religiosas, sino en sus opiniones. Tras objetar conciencia no se remite a la mujer inmediatamente a otro profesional que pueda realizar el procedimiento, o no se da información relacionada con la IVE, aunque la objeción solo aplica para la realización del procedimiento. También existe una barrera cuando las instituciones prestadoras del servicio (públicas o privadas) objetan conciencia, toda vez que este derecho solo aplica para personas naturales y no jurídicas (instituciones). Asimismo, es frecuente la discriminación a profesionales no objetoras-es de conciencia.

4) La tipificación del aborto como un delito genera ambigüedad entre profesionales de la salud, quienes deben garantizar el derecho fundamental a la IVE y, al mismo tiempo, enfrentarse al dilema de si la práctica de este procedimiento representa la comisión de un delito.

5) El modelo de causales que rige actualmente (cuando peligra la vida o la salud de la madre; cuando se presenta malformación del feto incompatible con la vida; y cuando el embarazo es producto de violencia sexual), pone en el centro de la toma de decisiones a profesionales de la salud. El procedimiento está supeditado a un concepto médico, quitándole a las mujeres autonomía y libertad para decidir sobre la maternidad.

6) Faltan acciones de inspección, vigilancia y control, por parte de las entidades competentes, para generar investigaciones y sanciones ejemplarizantes a las instituciones de salud en las que se han documentado persistentes barreras de acceso a la NE. Esto refuerza las barreras existentes y no permite que las instituciones, que prestan el servicio, adecuen sus prácticas para garantizar de manera oportuna el acceso de las mujeres a la IVE.

7) Las mujeres rurales, indígenas, migrantes en condición de permanencia irregular, niñas menores de 14 años y mujeres con discapacidad, deben enfrentar mayores barreras para interrumpir su embarazo, viéndose obligadas a tener una maternidad forzada, o a utilizar servicios clandestinos que ponen en peligro su salud y su vida. Esto también causa mayores dificultades de acceso a la IVE mediadas por la ubicación geográfica y la situación económica de las mujeres.

8) Existe una enorme brecha en el acceso a la IVE relacionada con la capacidad económica de las mujeres. Cifras de la Secretaría de Salud muestran que del total de abortos registrados entre 2014 y 2019 en Bogotá (52.726), cerca del 82% se realizó a través de servicios particulares. Vea aquí: Pese a oposición del padre, mujer abortó con 7 meses de embarazo: polémica se toma las redes

9) La estigmatización es uno de los principales obstáculos sociales y culturales que deben enfrentar las mujeres. Por un lado, hay una fuerte discriminación hacia esta práctica y por el otro, sigue prevaleciendo el estereotipo de la maternidad como principal fin de la mujer. Estos estereotipos atentan contra la autonomía y la libertad de las mujeres de decidir sobre su plan de vida, y generan una valoración asimétrica de la vida de las mujeres frente a la vida por nacer.

10) En casos de violencia sexual, las barreras son aún más profundas. Entre las más comunes se encuentran: a) No admitir la denuncia, b) Realizar procedimientos de toma de denuncia revictimizantes (por ejemplo, indagar y cuestionar los comportamientos personales de las mujeres o no dar credibilidad a la versión de la víctima), c) Solicitar información detallada sobre el agresor, d). Advertir sobre repercusiones penales por efectuar la denuncia o acceder a la IVE.”

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