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Advierten sobre posible regreso de cláusulas de permanencia para celulares

La Federación Nacional de Comerciantes, FENALCO, advirtió que podrían establecerse nuevamente las cláusulas de permanencia en las ventas de teléfonos celulares con tecnología 4G o superior.

El anuncio fue hecho después de que la Comisión de Regulación de Comunicaciones, CRC,
publicara un proyecto regulatorio para establecer nuevas condiciones en la comercialización de equipos terminales móviles en el país.

Según informa Fenalco, este proyecto “busca aumentar la penetración del servicio del internet móvil en Colombia y el uso de la tecnología 4G, aduciendo que para resolver ese problema, la mejor opción es que los operadores móviles de red (Claro, Tigo y Movistar) aten el servicio de comunicación móvil con ofertas en la venta de celulares”

El gremio recordó además que esta práctica está prohibida tanto en el Estatuto del Consumidor, como en el Decreto 2153 de 1992.

Guillermo Botero Nieto, presidente de FENALCO, advirtió que con este proyecto el más afectado sería el usuario “porque si decide hacer uso de su derecho de cambiar de operador en cualquier momento, se arriesga a que le apliquen una cláusula que lo obligue a pagar en forma acelerada el celular o a que por mora en los pagos del servicio de comunicación móvil el operador le inactive el celular”.

Las respuesta de la Comisión de Regulación de Comunicaciones

Por su parte, la CRC informó que el proyecto presentado “contempla la posibilidad, para los operadores móviles, de ofrecer descuentos en la compra de celulares por la adquisición de planes de servicios, sin condicionarlo a una permanencia mínima, prohibida desde 2014, ni afectar la libre elección del usuario”.

Según la Comisión, la propuesta aún está en fase de discusión y los interesados pueden enviar sus comentarios a la Entidad hasta el 20 de abril, además agregó en un comunicado:

“La venta atada que menciona Avantel y FENALCO en el comunicado enviado a los medios, no existe, puesto que el Estatuto del Consumidor contenido en la Ley 1480 de 2011, permite ofrecer de manera conjunta bienes o servicios, siempre y cuando se permita al usuario adquirir de forma individual cada uno de ellos, tal y como se propone en el referido proyecto”.

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