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Así puede obtener asistencia en los Consulados de Colombia en el exterior

En vista de la restricción a viajeros internacionales, los connacionales que estén en el extranjero por diferentes motivos pueden acceder a los servicios de asistencia que brinda el Ministerio de Relaciones Exteriores a través de los consulados, en particular, en esta situación de pandemia internacional por coronavirus.

Aquí las indicaciones principales de este protocolo de asistencia:

  1. Los cónsules o encargados de funciones consulares deberán orientar a los connacionales sobre los canales de atención que las aerolíneas hayan dispuesto para la atención de casos con miras a encontrar posibles soluciones, tales como una eventual reubicación o cambio de fecha del vuelo.
  2. Es la aerolínea la que autónomamente decide si es posible o no embarcar a las personas, pues eso depende de factores como disponibilidad del vuelo, estado de las reservas, restricciones aéreas adoptadas por los países en relación con el COVID-19, entre otros factores.
  3. Debe brindarse apoyo para verificar que las aerolíneas cumplan con sus anuncios y compromisos de no cobrar penalidades por cambios dentro de la misma aerolínea. Si se tiene información de cobros de penalidades –cobros que son distintos de valores por cambios de ruta– se solicita a los consulados informar tales novedades a la Dirección de Asuntos Migratorios, Consulares y Servicio al Ciudadano, para consultar a la Superintendencia de Transporte sobre el particular.
  4. Se debe orientar a los connacionales sobre cómo acudir a las autoridades locales de protección al consumidor, de protección a la libre competencia o de protección al viajero, de manera que puedan recibir mayor apoyo de su parte frente a posibles quejas y reclamos, cobros indebidos u otros asuntos análogos.
  5. Cuando no haya opción de vuelo, el cónsul o encargado de funciones consulares debe prestar acompañamiento o asesoría al connacional para conseguir algún albergue o sitio donde las personas puedan permanecer, priorizando adultos mayores, niños y mujeres embarazadas. Los albergues que generen costos serán asumidos por el solicitante.
  6. Los consulados mantienen un registro actualizado de la situación generada en cada país, para brindar información a los connacionales sobre:

a. Medidas de tipo sanitario.
b. Información sobre restricciones en fronteras, aeropuertos y en el tráfico aéreo.
c. Información sobre aislamientos obligatorios y/o toques de queda en vigor.

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