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Así puede reclamar los beneficios por haber votado

Más de 22 millones de personas que acudieron a las urnas el pasado domingo 27 de octubre podrán reclamar, con su certificado de votación, beneficios como medio día libre remunerado, descuentos en documentos como el pasaporte o la Libreta Militar, e incluso rebajas en sus matrículas universitarias.

Sin embargo, algunos beneficios, como el medio día libre al que pueden acceder los colombianos, cuentan con algunas restricciones. Aquí le explicamos cómo reclamar algunos y cuáles son las condiciones para ello.

Medio día de descanso remunerado

Este beneficio es exigible por los colombianos que cuenten con una relación laboral vigente ante su empleador, sin importar si se trata de un contrato por nómina o prestación de servicios.

De acuerdo con el artículo 3 de la Ley 403 de 1997, cada colombiano que haya votado “tendrá derecho a media jornada de descanso compensatorio remunerado por el tiempo que utilice para cumplir su función como elector. Tal descanso compensatorio se disfrutará en el mes siguiente al día de la votación, de común acuerdo con el empleador”. Esto significaría que para gozar de este beneficio el votante tendrá que solicitar el medio día libre antes del 27 de noviembre de este año.

Por tratarse de un beneficio otorgado por ley, el empleador no lo puede negar. Sin embargo,  el ciudadano deberá acordar con su empleador cuando tomará el respectivo medio día de descanso compensatorio remunerado.

En caso de que el empleador niegue la solicitud del medio día libre, el ciudadano puede presentar una acción de cumplimiento si trabaja en una entidad pública. Si se trata de empleados de empresas privadas, pueden presentar una queja ante el Ministerio de Protección Social o la Oficina del Trabajo, explicando la situación ya que la Ley concede el descanso y su disfrute es obligatorio. También puede acudir ante la jurisdicción laboral.

Descuentos en expedición de documentos y matrículas

Para reclamar los beneficios asociados con descuentos basta con presentar el certificado de votación al momento de cancelar los derechos por dicho trámite. Estos beneficios expiran cuando se realizan nuevas elecciones, es decir, son vigentes por cuatro años.

Ese es el caso del 10% de rebaja en la expedición del pasaporte, el cual se puede obtener una sola vez durante los cuatro años en que se puede optar por dicho descuento.

Por otro lado, esa misma rebaja aplica para cancelar el valor del trámite inicial de la Libreta Militar. Aplica también para duplicados de este documento o de la cédula de ciudadanía a partir del segundo duplicado.

De la misma manera los estudiantes de universidades públicas podrán reclamar un descuento del 10% en el costo de la matrícula presentando su certificado de votación. En universidades privadas, se podrá aducir este beneficio cuando voluntariamente el establecimiento universitario así lo reconozca.

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