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¿Quiénes sí pueden ingresar a los cementerios distritales durante cuarentena?

La Unidad Administrativa de Servicios Públicos (UAESP), entidad encargada de la administración de los cementerios distritales Norte, Sur, Central y Serafín, anunció que en la cuarentena estricta se restringirá el acceso a los cementerios propiedad del Distrito, los días viernes 23, sábado 24 y domingo 25 de abril de 2021.

Asimismo, aclaró que podrán ingresar, cualquier día de la semana, aquellas personas encargadas de la prestación de los servicios de destino final (inhumación, cremación y exhumación) con el máximo de acompañantes vigente, siempre y cuando se atiendan las medidas de protección y autocuidado asociadas a la situación de emergencia sanitaria.

¿Cuál es el máximo de acompañantes que pueden ingresar al cementerio?

  • Para servicios de cremación e inhumación no COVID-19, máximo cinco personas.
  • Para servicios de exhumación, máximo dos personas y solo una de ellas podrá acceder a sala de reconocimiento.
  • Para recepción de cenizas solo se autoriza el ingreso de una persona.
  • Para servicios por fallecimiento COVID-19, no está permitido el ingreso de acompañantes.

¿Quiénes si pueden ingresar a los cementerios distritales?

Puede ingresar personal de la UAESP, la concesión y la interventoría de los cementerios distritales. No está permitido el ingreso de visitantes, trabajadores independientes, tenedores de locales y/o comerciantes, ni otro personal ajeno a la concesión, la interventoría y la UAESP.

¿Está permitida la celebración de ceremonias religiosas?

No está permitida la celebración de ningún tipo de culto, ni ceremonia religiosa al interior o a las afueras de los cementerios, con el fin de evitar cualquier tipo de aglomeraciones y posibles contagios.

¿Los días en los que se puede ingresar a los cementerios distritales, aplicará la medida del pico y cédula?

Si, para el ingreso a los cementerios distritales se continuará con la aplicación de la medida de pico y cédula correspondiente al Decreto 135 de 2021 y/o hasta que exista comunicado oficial de la Alcaldía Mayor de Bogotá sobre la suspensión de esta medida, funcionando de la siguiente manera:

  • En los días impares podrán acceder las personas cuya cédula o documento de identidad finalice en dígito par.
  • En los días pares podrán ingresar las personas cuya cédula o documento de identidad finalice en dígito impar.

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