Con 7 votos a favor y 0 en contra la Corte Constitucional dio vía libre al acto legislativo acordado entre el Gobierno colombiano y las Farc en La Habana, Cuba.
Sin embargo, los magistrados hicieron cambios claves como el levantamiento de la restricción de extradición a reincidentes de las Farc, así como el condicionamiento a la vigencia de la participación política de excombatientes para que cumplan los compromisos de verdad y reparación. Además, exige comparecencia ante los magistrados de la Justicia Especial para la Paz (JEP).
Por otra parte se estableció que los magistrados extranjeros de la JEP no tendrán participación y los terceros involucrados en el conflicto armado no serán obligados a acudir a esta justicia, se hará de manera voluntaria.
“El acto legislativo cumplió en general con los requisitos de la ley (...) Esta norma va en una transición hacia la paz, por lo que se exigía ver el acto legislativo a la luz de construir un sistema de verdad, justicia, reparación y no repetición”, dijo el magistrado Luis Guillermo Guerrero, presidente de la Corte.
El Fallo que dejó en firme la JEP establece que aquellos que confiesen sus crímenes y reparen a las víctimas podrán recibir penas alternativas en prisión.
Ahora el Congreso de la República deberá expedir en las próximas dos semanas la ley que reglamenta la jurisdicción especial.