La Corte Constitucional le ordenó al Ministerio de Trabajo regular el trabajo sexual en Colombia, luego de que dos trabajadoras interpusieran una demanda que llegó a manos de la alta corte. Se trata de una decisión tanto histórica como controversial.
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Todo inició hace nueve meses cuando dos trabajadoras sexuales interpusieron una tutela reclamando su derecho a la igualdad, libertad de circulación y personal, denunciando que constantemente eran maltratadas por agentes de la Policía. El caso pasó por las manos del Tribunal Supremo de Cundinamarca y el Consejo de Estado, donde fue negada.
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Los hechos que denuncian las mujeres se dieron en enero, en la plaza de la Mariposa, centro de Bogotá. Según ellas, policías se acercaron, las agredieron y las llevaron a la unidad Permanente de Justicia (UPJ), donde permanecieron retenidas hasta que un abogado de una organización no gubernamental intercedió a su favor.
Desde entonces decidieron hacer la denuncia que el pasado viernes por fin obtuvo los resultados esperados y más, ya que no solo lograron ser reconocidas como personas a quienes se les vulneró sus derechos, sino que se obligó a las autoridades a regular el trabajo sexual.
La Corte aseguró que no hubo motivos suficientes para retener a las trabajadoras. No se les indemnizará económicamente, pero ordenó a la policía que no use el argumento de la recuperación del espacio público para atentar contra el derecho a la libre circulación de los ciudadanos.
“Los trabajadores sexuales merecen una especial protección constitucional al ser un grupo tradicionalmente marginado y discriminado en razón a la actividad que ejercen de la cual se derivan estereotipos negativos que los han invisibilidad y excluido de la sociedad”, explicó el tribunal, que también ordenó al MinTrabajo a elaborar una propuesta de regulación y oportunidades para quienes ejerzan la prostitución.
Esta decisión fue aplaudida por las trabajadoras sexuales, quienes este lunes 21 de noviembre, a partir de la 10 de la mañana se reunirán en la Plaza de la Mariposa para celebrar la sentencia T-594 de 2016.
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