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Esta es la diferencia entre senadores y representantes a la Cámara

Las elecciones legislativas tienen como propósito escoger un nuevo Congreso conformado por dos cámaras: el Senado y la Cámara de Representantes.

En Colombia hay dos categorías de congresistas: senador y representante a la Cámara. El primero, que tiene mayor jerarquía y  se elige por circunscripción nacional, es decir todos los colombianos podemos votar para elegirlo.

Mientras que el segundo, se elige por circunscripción departamental, distrital en el caso de Bogotá o especial en el caso de las circunscripciones indígenas.

El Senado tiene una representación más nacional, es decir que un senador puede representar a todos los colombianos dentro de una bancada partidista, mientras que la Cámara de Representantes tiene una circunscripción más local, por ejemplo los representantes a la Cámara de Bogotá tiene que defender proyectos de ley que defiendan los derechos de los bogotanos, que pueden ser muy diferentes a los intereses de La Guajira”, explica Eugenie Richard, docente investigadora de la Universidad Externado.

Si bien los senadores y representantes a la Cámara tienen las mismas funciones constitucionales, sus atribuciones varían en algunos casos.

  • La Cámara de Representantes tiene las siguientes funciones:
  • Elegir al Defensor del pueblo.
  • Estudiar las denuncias que se presenten y acusar ante el Senado cuando amerite a los llamados “aforados”.
  • Requerir el auxilio de otras autoridades para el desarrollo de las investigaciones que le competen y comisionar para la práctica de pruebas.

Por su parte, el Senado tiene la obligación de:

  • Admitir la renuncia del presidente o vicepresidente en caso de que se requiera.
  • Conceder licencias temporales al Jefe de Estado para separarse de su cargo.
  • Improbar o aprobar ascensos a militares de alto rango proferidos por el Gobierno.
  • Elegir a los magistrados de la Corte Constitucional y al Procurador general de la Nación.
  • Estudiar las acusaciones que haga la Cámara de Representantes contra altos dignatarios del país, llamados “aforados”.

Para ser elegido senador, se requiere ser colombiano de nacimiento, ciudadano en ejercicio y tener más de 30 años de edad, a la fecha de la elección.

Mientras que para ser elegido representante se requiere ser ciudadano en ejercicio y tener más de 25 años de edad en la fecha de la elección.

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