La copa menstrual se suma a la lista de productos de higiene femenina exentos de IVA, esto gracias a un fallo de la Corte Constitucional.
En 2018 inició la batalla para permitir que productos como toallas, tampones y las copas menstruales estuvieran exentos de IVA; sin embargo, para entonces las copas quedaron gravadas.
Véase también: Puntos clave para entender la nueva propuesta de reforma tributaria
Luego de una demanda, finalmente la Corte con votación de 8 a 0 decidió eliminar el impuesto para este producto.
“La definición de la Corte Constitucional de excluir a los tampones y a las toallas de cualquier tipo de IVA, y ahora extender esta definición también para la copa menstrual, es muy importante. Pero también es el fruto de una lucha de las mujeres del colectivo Menstruación Libre de Impuestos, con el objetivo de eliminar cualquier tipo de carga tributaria sexista, como este tipo de medidas”, dice Jennifer Pedraza, economista de la Universidad Nacional.
A pesar de esta decisión, las organizaciones que lideraron estas demandas aún les preocupa que la reforma tributaria encarezca estos productos de necesidad básica para las mujeres.
Véase también: ¿Cómo sería una reforma tributaria viable para Colombia?
Esta demanda contó con el apoyo de la Defensoría, la Federación de Ginecología y la Procuraduría, entre otras organizaciones.
Estas entidades consideran que gravar este tipo de productos de higiene aumenta la desigualdad y limita el acceso a nuevas tecnologías que; además, contribuyen con el medio ambiente.
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