La Corte Constitucional emitió un fallo que permite a menores de edad cambiar de sexo en su documento de identidad.
El alto tribunal ordenó a la Superintendencia de Notariado y Registro que en menos de 30 comunique a los notarios la decisión para que permitan a los menores de edad cambiar el “componente sexo” en documentos como el registro civil.
Los notarios “se encuentran autorizados para llevar a cabo futuros cambios del componente ‘sexo’ en los registros civiles de menores de edad trans” informa la Corte.
Para acceder a este cambio se deberán tener en cuenta tres aspectos fundamentales:
-Manifestación voluntaria del menor de querer cambiar de sexo.
-El menor debe estar próximo a cumplir la mayoría de edad.
-Deben existir conceptos profesionales, médicos y psicológicos que expliquen al menor las consecuencias.
La decisión se basó en el caso de un joven de 17 años que quiso cambiar su sexo en el registro civil, pero se le negó la solicitud por no tener cédula de ciudadanía. Él y su madre ganaron la tutela.
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