En redes sociales está circulando falsa información sobre una supuesta multa que podrían imponerle en caso de no portar la cédula.
Canal Capital habló con Policía Metropolitana para conocer qué tan cierta es esta información.
Según la entidad, ni el policía puede hacer orden de comparendo ni el inspector puede imponer multa, ya que no portar la cédula no es un comportamiento contrario a la convivencia, diferente es si se resiste a la identificación.
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En caso de que una persona se oponga a mostrar este carné, se niegue a dar el número de cédula, no ponga las huellas en los sistemas de identificación, entre otros comportamientos, se le impondrá una medida correctiva.
Esta falta de colaboración con las autoridades está abocado en el artículo 35, numeral 3, y conlleva a una multa tipo 4, que equivale a 32 salarios mínimos, aproximadamente $ 883.324.
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