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Perros peligrosos no podrán estar en áreas comunes

De acuerdo al fallo de la Corte Constitucional, por el magistrado Alejandro Linares, los perros considerados peligrosos no podrán estar en áreas comunes. La decisión se dio luego de los diferentes casos de niños o personas que han sido mordidas por estos animales.

Esto significa que los perros podrán transitar en compañía de sus dueños por estas áreas comunes en conjuntos o propiedades horizontales. Lo que no podrán hacer es quedarse allí.

“En el tema de la propiedad horizontal si va ser posible transitar con caninos potencialmente peligrosos pero lo importantes es que no pueden permanecer en esas zonas comunes o en esos sitios públicos de la propiedad horizontal”, señaló el magistrado.

De igual manera, el Código Nacional de la Policía manifestó cuáles son las razas de perros considerados potencialmente peligrosos, entre ellos están: mastín napolitano, dogo de Burdeos, tosa japonés, fila Brasileiro, bullmastiff, staffordshire terrier, american pitbull terrier, dogo argentino, pitbull terrier, american staffordshire terrier, bull terrier, doberman, rottweiler y de presa canario.

En esencia lo que se dice es que las personas pueden tener caninos potencialmente peligrosos en sus zonas privadas, es decir, sus apartamentos o en espacios reservados para ellas mismas”, añadió Linares.

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Cabe mencionar que para la salida y tenencia de estos canes deben tener el bozal y la correa. Además el gobierno deberá expedir (en máximo seis meses) las pólizas de responsabilidad civil extracontractual que cubrirán este tipo de contingencias.

Dentro del fallo se establecieron más conductas que deben tener los propietarios de estos animales. Los perros deberán estar censados en cada localidad realizada por las alcaldías.

Los dueños de los perros deben tener en cuenta estos tipos de multas:

Tipo 1: De alrededor de $ 98.000 y se sanciona por conductas como no recoger los excrementos.

Tipo 2: Obliga al pago de $ 196.720 por acciones como dejar al perro deambular por el espacio público sin medidas de seguridad efectivas.

Tipo 3: Está tasada en unos $786.880 y se sanciona por conductas como entrenar perros bravos para agredir personas.

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