Hasta el próximo miércoles 28 de marzo los contribuyentes interesados en acogerse al beneficio de financiar el impuesto predial en cuatro cuotas iguales, sin intereses, deberán informarlo a través de la Oficina Virtual de la Secretaría de Hacienda, o en la sección de Pagos y Servicios de la página web www.haciendabogota.gov.co.
¿Cuáles son los requisitos?
Es importante tener en cuenta que al optar por el pago por cuotas, la factura inicial queda sin efecto y el contribuyente renuncia tanto al descuento de 10 % por pronto pago, como al de 1 % adicional que se da por registrarse en el portal web de la Secretaría de Hacienda para actualizar la notificación electrónica a través de la Oficina Virtual.
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La primera cuota se puede pagar hasta el 11 mayo, sin ningún interés. Después de esta fecha correrán intereses por mora. El vencimiento de la segunda cuota es el 13 de julio; el de la tercera, el 14 de septiembre y el de la última el 9 de noviembre.
Es importante recordar que quienes se acogieron el año pasado al beneficio de predial por cuotas y están interesados en seguir pagando bajo esta modalidad, deben realizar nuevamente la solicitud.
En lo corrido de 2018, se han acogido a esta modalidad alrededor de 7.900 contribuyentes.
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