Cementerio
Tomado de: UAESP.

La Unidad Administrativa Especial de Servicios Públicos (UAESP) además de administrar los cementerios propiedad del Distrito, les ofrece a los ciudadanos en condición de vulnerabilidad y/o pobreza la posibilidad de acceder a subsidios funerarios.

Este es un apoyo económico, transitorio y oportuno, el cual cubre el 90 % o el 100 % del valor de los servicios funerarios en los Cementerios de Propiedad del DistritoEl Distrito ha autorizado 1.335 subvenciones durante el primer semestre de 2021.

Las personas interesadas en este servicio deben estar registrados en el Sisbén o en las bases de datos de las entidades del orden Nacional o Distrital competentes.

Los subsidios funerarios cubren los costos de los servicios funerarios de: 

  • Inhumación: depositar un cuerpo o cenizas en una bóveda.
  • Exhumación: sacar los restos de una bóveda.
  • Cremación: reducción de un cuerpo o de restos por medio de un horno crematorio.

¿En qué consiste la subvención funeraria?

Es un apoyo transitorio y oportuno dirigido a las personas que no cuentan con recursos económicos para afrontar la situación de calamidad funeraria. Este, es otorgado por la Alcaldía Mayor de Bogotá, a través de la Unidad Administrativa Especial de Servicios Públicos (UAESP) y cubre los servicios funerarios de destino final en los cementerios del Norte, Sur, Central y Parque Serafín.

¿Cómo acceder a un subsidio funerario?

Acreditar la condición de vulnerabilidad, indicar el servicio funerario que se solicita y radicar en las oficinas de la UAESP, carta o formato de solicitud con nombres y apellidos completos del fallecido y solicitante, documento de identidad, dirección, teléfono y correo electrónico del solicitante (si lo tiene).

¿Cómo acreditar la condición de vulnerabilidad?

  • Puntaje de la base de datos del SISBÉN categoría A, B y C.
  • Población desplazada - víctimas del conflicto.
  • Población habitante de calle.
  • Grupos étnicos (indígenas, afros, pueblo palenquero, comunidad gitana o Pueblo Rom, etc.)
  • Nacionales venezolanos.

Requisitos y documentos para la solicitud

Carta de solicitud o formato que contenga:

  • Datos del peticionario.
  • Datos del fallecido.
  • Servicio y cementerio propiedad del Distrito.

Anexar

  • Registro civil de defunción – certificado de defunción.
  • Copia de cédula del peticionario.
  • Documento con el que se acredite la condición de vulnerabilidad.

Condiciones especiales

  • Propietarios de mausoleos – bóvedas, osarios o cenizarios: adjuntar certificado de tradición y libertad o escritura pública.
  • Muerte violenta: adjuntar certificado de Fiscalía que autoriza el procedimiento solicitado por el deudo (no mayor a 30 días de vigencia).
  • Proviene de otro cementerio: adjuntar certificado de procedencia de restos o cenizas.
  • Restos que se dirigen a otro cementerio: adjuntar certificado del cementerio al cual serán enviados los restos, que den cuenta de este hecho.

Tiempos de respuesta

  • Máximo 10 días hábiles a partir del recibo de la solicitud y confirmación del cumplimiento de los requisitos, para servicios de exhumación y cremación de restos.
  • Un (1) día para los servicios de inhumación o cremación de cuerpos.

Para tener en cuenta 

No se subsidian servicios de sala de velación, laboratorio de tanatopraxia, capillas, cofres ni féretros.

Canales de atención

Virtual

Presencial y telefónico

  • Ventanilla de atención al público: Av. Caracas # 53-80 de 10 a.m. a 3 p.m. Teléfono 3385400 opción 3.
  • Cementerio Central: carrera 20 # 24 - 80 Teléfono: 7449775
  • Cementerio del Norte: calle 68 # 29 B - 84 Teléfono: 7430093
  • Cementerio del Sur: carrera 27 # 32 - 71 Sur. Teléfono: 3904544
  • Parque Cementerio Serafín: Av Cll 71 sur # 4 - 09 Teléfono: 746 0610

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