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En Colombia se debe acreditar cinco años de convivencia para reclamar pensión de compañero

Colpensiones celebró la decisión de la Corte Constitucional de tumbar una sentencia de la Corte Suprema de Justicia que permitía conseguir el derecho a la pensión con pocos años de convivencia.

Esta decisión se da luego de que la Corte Suprema de Justicia modificara el precedente jurisprudencial existente desde hace más de 15 años frente al pago de pensión de sobrevivientes.

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Juan Miguel Villa, presidente de Colpensiones, explicó que “la Corte Constitucional hizo prevalecer el artículo 48 de nuestra Carta Magna que dice que cualquier decisión o diseño de nuestro sistema general de pensiones tiene que estar basado en la sostenibilidad financiera”.

Esa posibilidad estaba promoviendo las trampas de quienes querían reclamar pensiones sin tener el derecho.

“Son más de 270.000 millones de pesos que desde Colpensiones podrán ser ahorrados a nuestro sistema gracias a esta decisión”, agregó Villa.

Colpensiones consideró que se corrigió un camino abierto por la Corte Suprema de Justicia, que había ordenado el reconocimiento de una mesada a favor de la compañera permanente de un afiliado al régimen de prima media, a pesar de no acreditar el requisito de convivencia mínimo de cinco años.

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