Productores, distribuidores, comercializadores e importadores de alcohol potable y no potable deberán ahora registrarse en el Sistema de Información Integrado de Apoyo al Control de Impuestos al Consumo, Sianco; la norma establece un periodo de tres meses para que las empresas y personas responsables del registro cumplan con su obligación.
También establece que, para movilizar el alcohol potable destinado a la fabricación de licores, el producto deberá contar con el registro, de no hacerlo será aprendido por las autoridades; el sistema Sianco será administrado por la Federación Nacional de Departamentos y fue creado con el fin de simplificar y suprimir trámites.
Los departamentos y Bogotá accederán a la información del sistema para el trámite de las solicitudes de registro y los usuarios reportarán allí las transacciones de alcohol potable y no potable que efectúen.
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