Desde este jueves las personas naturales tendrán que declarar renta para el año gravable 2017. Los dos últimos dígitos del Nit o cédula, que aparecen en el Registro Único Tributario (RUT), le indicarán la fecha para hacer el pago sin sanciones. 

El modelo cedular que empieza a regir a partir de la fecha contempla cinco cédulas dependiendo el tipo de ingresos que recibe la persona. 

"La primera cédula, es la cédula de rentas laborales, que es para las personas asalariadas básicamente o aquellas personas que reciben honorarios y no tienen más de dos empleados; la siguiente cédula es la cédula de rentas de pensión es para los pensionados por cualquier naturaleza", explicó Johanna Prieto, experta en temas tributarios. 

También incluye las rentas de capital, que son aquellas personas que reciben arriendos. La cuarta cédula es para los accionistas que reciben dividendos. 

“La última cédula, es la cédula de rentas no laborales dónde van todos aquellos ingresos que no se clasifiquen en ninguna de las anteriores cédulas", dijo Prieto. 

 

¿Qué personas deben declarar renta?  

"Tienen que declarar las personas naturales que tengan ingresos superiores a 44’600.000 pesos que equivalen a unas 1.400 unidades de valor tributario o quienes tengan un patrimonio superior a 144 millones 300 mil”, aseveró Johanna Prieto, experta en temas tributarios. 

A través de la página www.dian.gov.co usted podrá conocer las fechas establecidas en el calendario tributario. 

“Debe tener en cuenta que para la presentación de la declaración debe tener todos los soportes tanto ingresos como de patrimonio que es básicamente los activos y deudas que tuve el año anterior", puntualizó Prieto. 

Según la Dian, por lo menos 2’6000.000 personas en el país deben registrar el pago de renta.

Por: Lina Caro. 

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