El Tribunal Administrativo de Cundinamarca emitió recientemente un fallo donde ordenaba aplazar las marchas en el marco del Paro Nacional que rechaza la reforma tributaria presentada por el Gobierno Nacional ante el Congreso de la República.
El fallo de 45 páginas incluye las dos fechas programadas para hacer marchas por cuenta del Paro Nacional: estas son el 28 de abril y el primero de mayo. El tribunal administrativo sostiene que la medida es por el tercer pico de la pandemia.
“La Alcaldía Mayor de Bogotá, en virtud de distintas sentencias constitucionales, no otorga permisos para realizar jornadas de protesta”, expresó Luis Ernesto Gómez, Secretario de Gobierno de Bogotá.
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Para cumplir la orden del tribunal, la solicitud del permiso para la tarima y el sonido en la Plaza de Bolívar será negada. Ante el fallo, el líder de un colectivo de abogados argumenta la legalidad del Paro y la ilegalidad del fallo.
“Consideramos que este fallo del tribunal de Cundinamarca, realmente es un fallo que extralimita las funciones de esta magistrada. Se anula un derecho constitucional fundamental como es el derecho a la protesta", expresó Alirio Uribe, vocero de colectivo de abogados
La decisión ordena cancelar el aval que se había dado a las marchas por parte de los mandatarios nacionales y regionales.
“La gente tiene que salir a la calle. Realmente no se le estaba dando nada a los ciudadanos. Se le está ordenando al presidente, a los alcaldes y creo que el deber constitucional es respetar ese derecho a la protesta social”
Se espera que durante la jornada de manifestaciones convocada por los sindicatos y movimientos sociales, miles de personas salgan a las calles.
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