Categorías: General

Responsabilidades de los empleadores para retomar actividades el próximo lunes

El Ministerio de Salud y Protección Social anunció la resolución 666 de 2020, en el cual se adopta el protocolo general de bioseguridad para mitigar, controlar y realizar el adecuado manejo de la pandemia del coronavirus.

Esta resolución aplica a los empleadores y trabajadores del sector público y privado, aprendices, cooperados de cooperativas o precooperativas de trabajo asociado, afiliados partícipes, los contratantes públicos y privados, contratistas vinculados mediante contrato de prestación de servicios de los diferentes sectores económicos, productivos y entidades gubernamentales que requieran desarrollas sus actividades durante el periodo de la emergencia sanitaria y las ARL.

Las responsabilidades a cargo del empleador o contratante son las siguientes:

  • Capacitar a sus trabajadores y contratistas vinculados mediante contrato de prestación de servicios o de obra las medidas indicadas en el protocolo.
  • Implementar las acciones que permitan garantizar la continuidad de las actividades y la protección integral de los trabajadores contratistas cinvulados mediante contrato de prestación de servicios o de obra, y demás personas que estén presentes en las instalaciones o lugares de trabajo.
  • Adoptar las medidas de control administrativo para la reducción de la exposición tales como la flexibilización de turnos y horarios de trabajo, así como propiciar el trabajo remoto o trabajo en casa.
  • Reportar a la EPS y a la ARL correspondiente los casos sospechosos confirmados de COVID-19.
  • Incorporar en los canales oficiales de comunicación y puntos de atención establecidos la información relacionada con la prevención, propagación y atención de COVID-19 con el fin de darla a conocer a sus trabajadores, contratistas vinculados mediante contrato de prestación de servicios o de obra y comunidad en general.
  • Apoyarse en la ARL en materia de identificación, valoración del riesgo y en conjunto con las EPS en lo relacionado con las actividades de promoción de la salud y prevención de la enfermedad.
  • Solicitar la asistencia y asesoría técnica de la ARL para verificar medidas y acciones adoptadas a sus diferentes actividades.
  • Proveer a los empleados los elementos de protección personas que deban utilizarse para el cumplimiento de las actividades laborales que desarrolle para el empleador.
  • Promover ante sus trabajadores y contratistas, que tengan celulares inteligentes el uso de la aplicación CoronApp para registrar en ella su estado de salud.

Para ver el protocolo de bioseguridad completo, clic aquí

Entradas recientes

Llegan tres Historias de Paz, arte y transformación por la señal abierta de Capital

Las Historias de Paz, producto del trabajo de la Corporación Otra Escuela, y con Capital…

30 agosto, 2023

Desaparición forzada en Bogotá y Colombia: un crimen que desafía a la justicia y la memoria

La desaparición forzada es un delito en el cual personas son detenidas y privadas de…

30 agosto, 2023

En la Carrera de la Mujer vamos a cruzar la meta con Capital

Capital, Sistema de Comunicación Pública, medio aliado, te invita a disfrutar la nueva edición de…

30 agosto, 2023

Hacinamiento en estaciones de Policía de Bogotá supera el 200 %

La reciente fuga de 34 personas privadas de la libertad puso en alerta al Distrito…

29 agosto, 2023

Co-director de Indepaz recibió amenazas por parte de disidencias de las FARC

El pasado 22 de agosto Leonardo González, director del Observatorio de Derechos Humanos y Conflictividades…

29 agosto, 2023

“La PTAR Canoas estaría lista en el 2030”: gerente del Acueducto de Bogotá

La PTAR Canoas permitirá completar el tratamiento del 100 % de las aguas residuales de…

28 agosto, 2023