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Tribunal de Bogotá ordena reconocerle la pensión a una mujer trans

Por primera vez en Colombia, una mujer transgénero obtiene el primer reconocimiento de pensión de vejez, luego de que Colpensiones le negara este derecho. La situación ocurrió a pesar de que ella realizara el cambio de su género en el año 2007, y cumpliera con la edad y las semanas requeridas para su jubilación.

Helena empezó a trabajar a los 17 años de edad, desde ese entonces cotizó para poder pensionarse, sin embargo, al cumplir la edad requerida para el reconocimiento y pago a la pensión de vejez como mujer reconocida legalmente ante el estado colombiano, Colpensiones le negó su derecho aludiendo que no procedía la solicitud, debido a que la señora helena cotizó en gran parte de su vida laboral como hombre.

"Yo inicié el proceso en el año 2007, me acerqué a Colpensiones, me dijo 'sí doña Helena usted tiene el tiempo de cotización pero en el registro de Colpensiones aparece con sexo masculino, por lo tanto usted no puede solicitar la pensión, si no hasta que cumpla todos los requisitos, es decir, la edad de 67 años'".

Desde hace cuatro años, Helena emprendió una batalla junto con el consultorio jurídico del Politécnico Grancolombiano.

"El primer fallo que fue en el juzgado 45 municipal de Bogota que me dio la razón y después fue ratificado por el tribunal, me estaba vulnerando los derechos fundamentales de la libre expresión de la personalidad, el respeto que yo me merecía".

Este precedente se convierte en el primero en nuestro país, sentando las bases para que la justicia colombiana reconozca la igualdad de derechos, y abre la puerta para que la comunidad LGBTI que ha sido vulnerada pueda pensionarse.

Pilar Astrid Lizarazo Macías, abogada consultorio jurídico del Politécnico Grancolombiano, aseguró que "el ganar la tutela genera para la población LGBTI y para Colombia una antecedente frente a esa inmediatez de respeto y de reconocimiento de los derechos humanos a las mujeres transgénero".

El fallo le ordena a Colpensiones que no podrá tratar a la señora Helena Herrán Vargas como hombre, cuando ella se identifica, se relaciona y se siente como mujer y ordenafallo "en el término de cuarenta y ocho (48) horas siguientes a la notificación de esta sentencia, resuelva la solicitud de reconocimiento y pago de la pensión de vejez de la señora helena herrán vargas, aplicando los requisitos previstos en la ley para que una mujer pueda acceder a esa prestación, precisándole que, en ningún caso, puede hacer distinciones por razón de su identidad de género".

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