Imagen de referencia. Tomado de Pixabay.

El Distrito aprobó el calendario tributario que regirá a partir del próximo año. Para mantener la cultura de pago entre los contribuyentes se mantendrán los descuentos por pago anticipado y los pagos diferidos por cuotas.

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El nuevo calendario distribuye los vencimientos, según la última letra del chip, en el predial el último dígito en la placa, en vehículos, y del último número del documento de identificación, para impuesto de Industria y Comercio (ICA) y retención en el Impuesto de Industria y Comercio (ReteICA), el pago total con descuento del 10% tendrá vencimientos entre el 31 de marzo y el 8 de abril para el impuesto predial y del 29 de abril al 6 de mayo para vehículos.

Los vencimientos bimestrales para los contribuyentes del régimen común del impuesto de Industria y Comercio (ICA) serán a partir de abril, y para los agentes de retención del ICA y ReteICA, comenzarán en marzo. Por su parte, el impuesto de Industria y Comercio (ICA) del régimen común anual vencerá entre el 20 y el 24 de febrero de 2023 y el del régimen preferencial tendrá plazo hasta el 27 de enero del año entrante.

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