Fotografía tomada de la Alcaldía de Bogotá.

El Congreso de la República realizó modificaciones al Artículo 106 del Código Nacional de Tránsito, en el cual se establecía que la velocidad máxima para cualquier vehículo era de 60 kilómetros por hora. Ahora, cualquier vehículo, sea público o privado, deberá transitar como límite a los 50 kilómetros por hora.

La NQS, en inmediaciones al Estadio Nemesio Camacho El Campín, es una de las vías que ya se rige con el nuevo cambio de velocidad, debido a que Bogotá fue la primera ciudad en todo el territorio nacional en acatar los 50 Km/h como límite máximo.

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No obstante, es importante recalcar que al momento de salir de la ciudad, en carretera, el límite para carros particulares será de 90 Km/h, mientras que para carros de transporte público y otros servicios, no podrán sobrepasar los 80 Km/h.   

Los límites que se mantienen y deben respetar son:

  • 30 km/h en zonas escolares 
  • 30 km/h en zonas residenciales 
  • 90 km/h en carreteras
  • 120 km/h en doble calzada, sin paso peatonal 

“Es bueno, nos evitamos tanto accidente y tanta muerte”, comentó Héctor Cárdenas, conductor de taxi.

La decisión para modificar el artículo se tomó con 116 votos a favor y 3 en contra en el Congreso.  

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Aquí informe completo:

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