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La Secretaría de Gobierno expidió una normativa que regula y aclara el uso del tapabocas al interior de los vehículos particulares y de transporte público.

Según el secretario de gobierno Luis Ernesto Gómez, la regulación se hace debido a que las autoridades han impuesto comparendos a personas que se movilizan solas en sus vehículos particulares.

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A través de su cuenta en Twitter Gómez dio a conocer que no es obligatorio el uso del tapabocas cuando una persona se moviliza sola en un vehículo.

Luis Ernesto Gómez señaló que a través de la circular 023 del 19 de julio del año en curso se aclara el procedimiento y se permite que se revoquen los comparendos impuestos erróneamente.

La norma establece que “Si se traslada más de una persona en la cabina o vehículo, los ocupantes deben utilizar el tapabocas de tiempo completo, y mantener una distancia de por lo menos un metro”.

Señala que el tapabocas se debe utilizar permanentemente cuando se interactúa en el recorrido con otra u otras personas, no en caso de viajar individualmente. “En consecuencia, no será obligatorio el uso de tapabocas de manera permanente, cuando el vehículo esté siendo ocupado por una sola persona”.

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